De acuerdo con el el Real Decreto 109/2010, de 5 de febrero, las empresas que venden o sirven productos alimenticios al consumidor final o que están implicadas en la cadena alimentaria, tienen como obligación “la supervisión y la instrucción o formación de los manipuladores de productos alimenticios en cuestiones de higiene alimentaria”. Por tanto, éstas “habrán de acreditar, en las visitas de control oficial, que los manipuladores de las empresas han sido debidamente formados en las labores encomendadas”.
De aquí pues -y de acuerdo con la normativa europea vigente-, nace la obligación de que las personas que trabajan en este tipo de empresas estén formadas en cuanto a la manipulación y producción de alimentos seguros.
¿Quién puede formar en manipulación de alimentos?
Si bien es una obligación que las empresas alimentarias formen a sus trabajadores en higiene alimentaria, la Administración a partir de la Ley 17/2009,de 23 de noviembre, deja de estar a cargo del control de dicha formación. La Administración no concede permisos a empresas para llevar a cabo la impartición de cursos de esta naturaleza, así como tampoco regula los contenidos que ha de tener esta formación.
La ley permite que la formación en manipulación de alimentos sea impartida por la propia empresa alimentaria, o por una empresa o entidad que se dedique a esta actividad. Así mismo, éstas empresas y entidades pueden ofrecer documentación acreditativa de que el alumno ha recibido la formación que le capacita para mantener un nivel de higiene adecuado en su puesto de trabajo.
Cursos de manipulador de alimentos online
La ley tampoco establece si la formación que reciben las personas que trabajan en empresas alimentarias tiene que ser presencial o no, por tanto, un curso de manipulador de alimentos tiene la misma validez que los que se imparten de forma presencial.
Dado que tener formación en higiene alimentaria es un elemento casi obligatorio para las personas que trabajan o quieren trabajar en el sector y que muchas empresas no asumen la formación de sus propios trabajadores y prefieren contratar a personas que ya cuenten con estos conocimientos, es importante que los trabajadores cuenten con algún tipo de acreditación de haber recibido esta formación, acreditación que normalmente deben mantener en el centro de trabajo como prueba de haber recibido capacitación en la materia. Los documentos acreditativos de haber recibido esta formación no tienen ningún tipo de vencimiento, aunque se recomienda que cada 4 o 5 años los trabajadores se reciclen en estos cursos.