En este nuevo artículo os daremos información acerca de que empresas necesitan los planes simplificados de higiene.
De cara a los operadores de empresas alimentarias, se han agrupado los establecimientos que pueden acogerse a estos criterios de fexibilidad en dos grandes grupos los cuales deben implantar en lugar de trabajo los planes simplificados de higiene.
¿Qué empresas son estas?
1. Establecimientos de venta (minoristas), a excepción de carnicerías-salchicherías y carnicerías-charcuterías.
2. Establecimientos de Restauración, a excepción de Comedores escolares, de empresa o de instituciones, y Hoteles o Establecimientos de servicios de comidas que tengan capacidad o sirvan que puedan dar mas de 200 comidas/día.
Sobre la base de la experiencia práctica recogida por los Agentes de Control Sanitario
Ofcial se ha considerado básico elaborar un plan de higiene simplificado con un lenguaje claro y sencillo, de carácter privado, evitando definiciones complejas y tecnicismos, que puedan interferir en la comprensión de sus contenidos.
De igual forma se pretenden unificar criterios a la hora de realizar los controles oficiales en los establecimientos alimentarios lo cual será amenizado con la implantanción de estos planes simplificados de higiene.
En consecuencia los establecimientos incluidos en los dos grupos anteriormente citados
podrán desarrollar su sistema de autocontrol.
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